[Enciclopedia Online Gratuita] Diccionario de Vinos, Viticultura y Enología. (VINOTECA INTERNACIONAL)
ıllı Valles de Benavente wiki: que es, historia y significado
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- Categoría: VITICULTURA y ENOLOGIA
ıllı Valles de Benavente wiki: que es, historia y significado
La preparación, almacenaje, embotellado y etiquetado de los vinos amparados bajo la mención «Vino de Calidad de los Vales de Benavente» se efectuará, con uvas que cumplan lo preparado en su reglamento, en las bodegas situadas en los términos municipales de la zona de producción ya antes indicadas y que estén anotadas en el pertinente registro de bodegas. Las técnicas empleadas en la manipulación de la uva, el mosto y el vino, en el control de la fermentación y en el proceso de conservación tenderán a conseguir productos de máxima calidad, sosteniendo los caracteres de tipicidad de los vinos amparados por la mención «Vino de Calidad de los Vales de Benavente». En la extracción de los mostos se proseguirán las prácticas más convenientes para conseguir la mejor calidad de los vinos. Se van a aplicar presiones convenientes para la extracción del mosto y su separación de los orujos, de manera que el desempeño no supere los setenta y dos L de vino por cada cien kg de uva. Las fracciones de mosto o bien vino conseguidos por presiones en las que se supere el desempeño establecido, no van a poder, ser destinadas a la preparación de vinos protegidos. El órgano de administración extraordinariamente en ciertas campañas, anterior informe técnico razonado que evidencie que tal alteración no va a incidir de forma negativa en la calidad de los vinos, va a poder alterar los rendimientos de extracción. En ningún caso el desempeño va a poder sobrepasar de setenta y cuatro L vino por cada cien kg de uva. Para la extracción del mosto solo van a poder emplearse sistemas mecánicos que no dañen o bien desgarren los componentes sólidos del racimo. Especialmente va a quedar prohibido la utilización de máquinas despalilladoras o bien estrujadoras de acción centrífuga de gran velocidad y de prensas continuas. La preparación va a deber efectuarse en depósitos o bien recipientes que garanticen la sanidad del vino, así sean de acero inoxidable o bien de otros materiales autorizados. Cuando se trate de depósitos de obra, estos habrán de estar cubiertos con resinas epoxídicas alimenticias o bien afines. Los vinos producidos y elaborados de conformidad con lo preparado en el reglamento de esta indicación geográfica, pueden tener derecho al empleo del empleo de la mención «Vino de Calidad de los Vales de Benavente», para lo que van a deber superar un preso de calificación conforme con las reglas que para este fin plantee el órgano de administración, aprobadas por la Consejería de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León y controlado como se establece en el convocado reglamento. No van a poder ser amparados por la mención «Vino de Calidad de los Vales de Benavente» aquellos vinos en los que se compruebe que a lo largo de su proceso de producción, preparación, envejecimiento, embotellado o bien etiquetado se han infringido los preceptos de su reglamento o bien los señalados en la legislación actual. Tampoco va a poder ser amparado cualquier vino logrado por mezcla con otro anteriormente descalificado. Sin embargo, van a poder ser amparados por otro nivel de protección toda vez que cumplan los requisitos establecidos para exactamente el mismo. Los géneros de vinos amparados por la mención «Vino de Calidad de los Vales de Benavente» van a ser los siguientes: Los vinos protegidos van a deber presentar las cualidades organolépticas que ahora se describen: Las peculiaridades analíticas de los vinos amparados por la mención «Vino de Calidad de los Vales de Benavente» son las siguientes: En los vinos amparados por la mención «Vino de Calidad de los Vales de Benavente», para poder hacer empleo de la mención «crianza», esta se realizará en las bodegas anotadas en el registro de bodegas, debiendo alargarse el periodo de envejecimiento por un plazo no inferior a un par de años naturales, en el caso de los tintos y dieciocho meses en el caso de los blancos y rosados, contados desde el 1 de noviembre del año de vendimia, de los que 6 meses, por lo menos, lo va a ser en barrica de madera de roble de capacidad máxima de trescientos treinta L. Podrán usar las indicaciones «reserva» y «gran reserva» solamente los vinos de agregues específicas que hayan adquirido una armonía en el conjunto de sus cualidades organolépticas y unas peculiaridades analíticas notables, a consecuencia de un proceso de crianza y envejecimiento que, necesariamente, tendrá que ajustarse a las próximas normas:Tipos de vinos
Características analíticas
Envejecimiento
-Vinos blancos y rosados: crianza en barricas de roble y botella a lo largo de un periodo total de 24 meses por lo menos, contados desde el 1 de noviembre del año de vendimia, con una duración mínima de crianza de 6 meses en barrica de madera de roble de capacidad máxima de trescientos treinta L.–Vinos tintos: crianza en barrica de roble y botella a lo largo de un periodo total de 36 meses por lo menos, contados desde el 1 de noviembre del año de vendimia, con una duración mínima de 12 meses en barrica de madera de roble de capacidad máxima de trescientos treinta L.
– Vinos blancos y rosados: crianza en barricas de roble y botella a lo largo de un periodo total de 48 meses por lo menos, contados desde el 1 de noviembre del año de vendimia, con una duración mínima de crianza de 6 meses en barrica de madera de roble de capacidad máxima de trescientos treinta litros.– Vinos tintos: crianza en barrica de roble y botella a lo largo de un periodo total de sesenta meses por lo menos, contados desde el 1 de noviembre del año de vendimia, con una duración mínima de dieciocho meses en barrica de madera de roble de capacidad máxima de trescientos treinta litros.